TSJ declara inadmisible recurso de nulidad del instructivo Onapre al considerarlo «inexistente»

CARACAS.- La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible un «recurso contencioso administrativo de nulidad y amparo cautelar» interpuesto en contra del instructivo de la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre), utilizado para calcular las tablas salariales de los profesores universitarios del sector público, violando en el proceso diversas conquistas consagradas en la Ley Orgánica del Trabajo (Lottt) y en contratos colectivos.

En las últimas semanas, varios recursos han sido introducidos ante el TSJ por parte de los trabajadores del sector público, solicitando que se derogue el instructivo. En este caso, se trata de una demanda de nulidad y amparo cautelar interpuesto por la Universidad de Los Andes (ULA) con fecha del 22 de marzo de 2022, admitido provisionalmente por la Sala Político Administrativa el pasado 14 de julio de 2022.

La sala respondió este miércoles 24 de agosto declarando la demanda inadmisible bajo el argumento de que el acto administrativo demandado, el instructivo de la Onapre, «es inexistente».

El argumento de la sala se apoyó en que el libelo (el escrito de la demanda) no fue acompañado por el documento original o la copia del acto administrativo denunciado, considerado un «documento fundamental de toda demanda», por lo que se decidió considerar inadmisible el recurso.

«El pretendido documento en los términos aludidos de los requisitos formales y esenciales que lo conforman, no constituye un acto administrativo; siendo así, esta Sala advierte que estamos en presencia de lo que se conoce en la doctrina y la jurisprudencia como el «acto inexistente»», expone una nota de prensa emitida por el TSJ.

Narrativa contra instructivo Onapre

De esta manera, ponen fin al proceso judicial existente desde el pasado 14 de julio y el instructivo se seguirá aplicando con normalidad, ahora con el atenuante de una advertencia a quienes impulsan la «matriz comunicacional que se ha creado en los últimos meses», sin especificar a qué hacen referencia.

La Sala asomó la posibilidad de investigar esta matriz comunicacional que se ha utilizado para «generar malestar en ciertos sectores de la colectividad, crear conflicto social y atentar contra valores y principios cardenales previstos en nuestro orden constitucional», dando a entender que las protestas en contra del instructivo de la Onapre siguen una narrativa y no tienen razón real de producirse.

Acotan que debe determinarse la «posible existencia de forjamiento y otros ilícitos» tanto por la denuncia resuelta en esta sentencia como por otros asuntos vinculados con el tema y determinar las posibles responsabilidades que pudiesen existir.

De igual forma, exhortan a la abogada actuante en la introducción de la demanda a «no incurrir en faltas a la técnica procesal con la sentenciada y a no interponer acciones sin cumplir con los presupuestos esenciales exigidos taxativamente por la ley», insistiendo en que cualquier acción legal contra el instructivo de la Onapre no procedería ya que dicho acto administrativo «no existe».

«Inexistente» pero en vigencia

Según la argumentación legal presentada por el máximo tribunal, si el acto administrativo que lo hace vigente no existe, entonces el documento conocido como instructivo Onapre no puede ser de obligatorio cumplimiento. Sin embargo, las autoridades universitarias han denunciado que desde marzo de 2022, cuando fue difundido el instructivo a través de grupos de mensajería en los cuales participan representantes de la oficina de presupuesto, las maquetas exigidas para hacer el pago de nómina correspondiente siguen siendo devueltas si no se ajustan a los requerimientos estipulados en el documento.

El instructivo existe y su nombre oficial es PROCESO DE AJUSTE DEL SISTEMA DE REMUNERACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, CONVENCIONES COLECTIVAS, TABLAS ESPECIALES Y EMPRESAS ESTRATÉGICAS, y ha sido reiterado mes a mes a través de estos canales no oficiales de difusión, a pesar de que no ha sido publicado en la Gaceta Oficial, justificación utilizada por la Sala Político Administrativa para considerar que no existe el acto administrativo en cuestión.

Lo que es una realidad para los trabajadores del sector educativo y de la administración pública es que las tablas salariales quedaron fijadas por las disposiciones de este documento. Al personal dependiente del Ministerio de Educación les fue notificado el instructivo a través de un chat de la plataforma Telegram denominado «Pagos Mppe Oficial», mediante el cual se compartieron los tabuladores salariales de los profesores y que no ha sido modificado desde el 22 de marzo cuando lo recibieron.

Orlando Pérez, presidente del Sindicato Nacional Fuerza Unitaria Magisterial (Sinafum) y diputado (PSUV) de la Asamblea Nacional electa en diciembre de 2020, aseguró que la causa de las reducciones sufridas por los empleados públicos en los montos de bonos y complementos salariales se debe a «un sector burocrático que hizo caso omiso a la Ley Orgánica del Trabajo» y dijo que no era posible que por «una mala visión técnica»  se tomara «una decisión diferente».

Hace una semana, Pérez, quien es dirigente del sindicato oficialista defendió la actuación del Gobierno que, según su consideración «corrigió» al darse cuenta que la base de cálculo usada por la Onapre no era la correcta, pero bajo esa misma lógica insistió en que el polémico «instructivo Onapre» que encendió las protestas de calle, «no existe» y retó a los adversarios a que lo muestren.

TCD/ EN/

Entradas relacionadas