CARACAS.- En apenas cuatro meses (abril – julio), el régimen venezolano ha permitido que, en promedio, una persona privada de libertad muera cada tres días. En ese período, 49 presos venezolanos fallecieron no porque estuvieran condenados a morir, sino porque el Estado incumplió su obligación más elemental: proteger la vida de quienes mantienen bajo su custodia.
El Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) ha documentado cada uno de estos fallecimientos. De las 49 víctimas, 48 eran hombres y una mujer; 47 murieron en establecimientos penitenciarios y dos en calabozos policiales. Detrás de cada cifra existe una historia distinta, pero todas convergen en una misma realidad: personas que dependían absolutamente del Estado para acceder a un médico, recibir medicamentos, practicarse exámenes o ser trasladadas oportunamente a un centro de salud.
Cuando una persona es privada de libertad pierde únicamente su derecho a la libertad ambulatoria; conserva intactos sus derechos a la vida y a la salud. Sin embargo, en Venezuela enfermar dentro de una cárcel puede convertirse en una sentencia de muerte.
Quien permanece recluido no decide cuándo acudir a consulta, no puede comprar medicamentos, solicitar exámenes especializados ni trasladarse por sus propios medios a un centro asistencial. Todo depende de las autoridades penitenciarias, que una y otra vez han demostrado ser incapaces, o simplemente indiferentes, frente al deterioro progresivo de la salud de quienes tienen bajo su responsabilidad.
Aunque los familiares intentan suplir ese abandono llevando medicamentos, costeando exámenes médicos y buscando especialistas, esos esfuerzos rara vez son suficientes cuando no existe un diagnóstico oportuno ni autorización para recibir tratamiento.
A esta realidad se suma una práctica que el OVP ha documentado durante años: traslados hospitalarios suspendidos porque «no llegó la boleta», porque «no hay transporte» o porque «no hay personal disponible». Mientras las excusas se acumulan, la salud de los privados de libertad continúa deteriorándose hasta hacerse irreversible.
El abandono sanitario dejó de ser un problema aislado para convertirse en la principal causa de muerte dentro de las cárceles venezolanas. Los datos recopilados por el OVP son contundentes: las personas que han fallecido durante los últimos meses padecían enfermedades prevenibles o tratables, entre ellas tuberculosis, deshidratación severa, diarreas agudas y otras patologías que difícilmente habrían terminado con sus vidas si hubiesen recibido atención médica adecuada.
Estás 49 muertes comprometen directamente la responsabilidad del Gobierno. El Ministerio del Servicio Penitenciario no solo administra los establecimientos de reclusión; también es el garante de la vida, la integridad y la salud de quienes permanecen privados de libertad. Cuando una persona fallece por falta de atención médica, el Estado no puede limitarse a registrar su muerte: está obligado a explicar por qué ocurrió, quién dejó de actuar y qué medidas adoptará para impedir que estos hechos continúen repitiéndose.
¿Cuántas personas más deberán morir para que los órganos del Poder Ciudadano ejerzan las competencias que la Constitución les impone?
Mientras el número de víctimas continúa aumentando, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y el Poder Judicial siguen sin demostrar, mediante acciones concretas, que la protección de los derechos humanos de las personas privadas de libertad constituye una prioridad. La ausencia de investigaciones por estos hechos, y de medidas correctivas fortalece la impunidad y transmite un mensaje alarmante: en las cárceles venezolanas se puede morir por abandono sin que ninguna autoridad responda por ello.
Estás 49 muertes se han registrado bajo la complicidad del poder judicial (jueces de ejecución), Ministerio Público (fiscales en protección de derechos fundamentales, derechos humanos y penitenciarios) y Defensoría del Pueblo (defensores penitenciarios), porque uno no ve, el otro no oye y el otro no habla.
Desde el Observatorio Venezolano de Prisiones exhortamos al Ministerio Público a iniciar una investigación transparente, exhaustiva e imparcial sobre cada uno de estos 49 fallecimientos, a fin de determinar las responsabilidades penales, administrativas y disciplinarias que correspondan.
Asimismo, exigimos la intervención inmediata del Ministerio del Servicio Penitenciario e impulsar una atención humanitaria por razones de salud a la población reclusa en todos los establecimientos penitenciarios y centros de detención del país.
Esta medida constituye la única vía para permitir el ingreso de asistencia médica independiente, garantizar diagnósticos oportunos, suministrar tratamientos esenciales y evitar que nuevas personas privadas de libertad continúen muriendo por enfermedades que pudieron prevenirse, diagnosticarse o tratarse a tiempo.
/Prensa Observatorio Venezolano de Prisiones

