CARACAS.-
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ratificó la sentencia 031 del 22 de agosto pasado dictada por la Sala Electoral que a su vez corroboró la victoria del candidato Nicolás Maduro en las elecciones presidenciales del pasado 28 de julio.
Tal decisión de la Sala Constitucional está contenida en la sentencia 0211 difundida la tarde de este viernes y redactada de manera conjunta por sus cinco magistrados.
De esa manera, la Sala Constitucional declaró inadmisible el recurso interpuesto por excandidatos Enrique Márquez, Henry Falcón y Jesús Torrealba quienes solicitaron que se revisara la sentencia 031 de la Sala Electoral.
Los magistrados de la Sala Constitucional ratificaron que la Sala Electoral es la instancia competente para dirimir las controversias suscitadas en cualquier proceso comicial y señalaron que en ese sentido asumieron el recurso contencioso electoral interpuesto por el presidente Nicolás Maduro para “certificar de manera irrestricta e inequívoca los resultados del proceso electoral realizado el 28 de julio de 2024”.
En el marco de ese procedimiento del recurso contencioso electoral interpuesto, la referida sala recabó y examinó todas las pruebas necesarias “conforme a los hechos y al derecho incluyendo un peritaje de manera exhaustiva, detallada y completa, bajo la normativa contenida en el ordenamiento jurídico, peritaje este que fue efectuado de manera impecable con las debidas garantías, a través del cual se comprobó la integridad inobjetable de los resultados anunciados por el Consejo Nacional Electoral, los cuales arrojaron que el candidato electo para el período presidencial 2025-2031, fue el ciudadano Nicolás Maduro Moros, actual presidente de la República Bolivariana de Venezuela”.
Todo ese procedimiento realizado por la Sala Electoral fue constatado por la Sala Constitucional y así lo dejaron reflejado en la sentencia dada a conocer la tarde de este viernes. Al respecto, los magistrados de la Sala Constitucional dicen que “a través del proceso electoral realizado el 28 de julio de 2024 quedó expresada la voluntad del pueblo venezolano”.
La Sala Constitucional igualmente recordó que con esa decisión de la Sala Electoral se produce lo que en derecho se denomina “la cosa juzgada”, lo cual deja firme lo ya decidido.
También recordaron que los tribunales de justicia con competencia en materia electoral constituyen en el mundo “la última instancia para su resolución, como garantes del Estado de Derecho y de la Democracia Constitucional”.
En la decisión emitida por la Sala Constitucional se transcriben los principales puntos de la sentencia de la Sala Electoral que validó el triunfo de Maduro en las presidenciales. /Tomado de ultimasnoticias.com.ve